Vertidos en Las Veredas y en Tiestas Cabezas

autor: 
Proyecto Verde

En los últimos tiempos se vienen realizando vertidos de inertes y escombros en los alrededores de la nave municipal de La Fuente del Conejo, en la zona de Tiestas Cabezas y en los alrededores del colegio Las Veredas. En todos los casos, el ayuntamiento de Colmenarejo está detrás, bien como promotor de las obras o como autor directo de los vertidos.


Vertidos municipales junto al colegio de Las Veredas en la actualidad

 

Responsabilidad municipal

La responsabilidad municipal de estos vertidos continuados y contumaces es doble: primero, porque son ellos los promotores o responsables de las obras; y en segundo lugar, porque la ley les otorga la competencia para la gestión de residuos. Desviar una vez más hacia la Comunidad de Madrid (como se ha hecho en ciertas conversaciones con miembros del AMPA) la incompetencia, negligencia o actitud delictiva del propio Ayuntamiento, es un pobre recurso dialéctico: si tan lamentable es la gestión de la Comunidad de Madrid en tantas y tantas áreas (y lo es en muchos casos), razón de más para que desde el propio Ayuntamiento se revisen con lupa sus proyectos y se vigile el estricto cumplimiento de la legalidad. ¿O no debe ser así?

En este caso, concretamente, la CAM tiene muy poca responsabilidad porque las competencias son, en primera instancia, municipales, y la CAM no puede ejecutar obra alguna que no haya recibido el visto bueno del propio Ayuntamiento.

Llueve sobre mojado

Ya en enero de 2005 denunciamos el uso, por parte del Ayuntamiento, de los alrededores de la nave municipal como vertedero. Podemos ver algunas fotos de aquella denuncia. Volvimos a hacerlo en marzo de 2007, a raíz de la aprobación de una ordenanza en la que se fijaban fortísimas sanciones a los que hiciesen lo que el Ayuntamiento hacía –y sigue haciendo- en su nave municipal. Pero este Ayuntamiento lleva años siendo el principal infractor en materia de medio ambiente en Colmenarejo, tanto por sus acciones como por sus omisiones. Y la llegada de un nuevo concejal de medio ambiente de Izquierda Unida no ha cambiado nada a mejor.

Puesto que estas actuaciones del Ayuntamiento son severamente sancionadas por las ordenanzas municipales, cabe preguntarse si también declararán ilegales estas ordenanzas, tal y como hicieron con el Reglamento de Participación para no tener que convocar el referéndum de “Toros por Libros”.

Precisamente en un colegio, ¡y en vía pecuaria!

Los vertidos protagonizados por el Ayuntamiento son más graves si cabe por el lugar elegido: los alrededores de un colegio. Y más delictivos aún por tratarse de una vía pecuaria. ¿Cabe mayor desafuero? ¿Es posible hacerlo peor?

Los vertidos realizados durante la ampliación de Las Veredas incluyen una vía pecuaria que figura en la cartografía oficial de Vías Pecuarias. Y tanto estos como los más recientes, rodean el colegio Las Veredas. El efecto ejemplarizante para los niños es demoledor. No entendemos cómo la dirección de este colegio no ha presentado una queja formal ante el Ayuntamiento, con la exigencia de limpiar la zona de inmediato.

Pero no es menos grave el mensaje que se lanza a todos los impresentables que se dedican a verter basuras y escombros por los caminos de Colmenarejo: Si el propio Ayuntamiento es, con diferencia, el principal infractor, ¿cómo se va a exigir al resto que cumplan las leyes?

Destrozo ambiental y declaraciones irresponsables

Algo muy grave de los vertidos realizados en el entorno de Las Veredas es que el daño al medio ambiente es irreversible, hagan ahora lo que hagan. Al verter tierras, piedras y escombros, han provocado la muerte de la vegetación original. Tanto si retiran los vertidos como si no, el suelo vegetal original habrá desaparecido, y la erosión campará a sus anchas. El daño está hecho, y aunque la ley obliga a restaurar el medio a su estado original, en la práctica esto es muy difícil. Es lo grave del delito ambiental: que destruye algo que el hombre no es capaz de volver a crear.

En este contexto, los argumentos dados por fuentes municipales, que hemos podido leer en un artículo de La Información, que se hace eco de la valiente denuncia hecha por UPyD de Colmenarejo, son indignantes y profundamente antisociales y peligrosos. Estos señores del Ayuntamiento vienen a decir que total, qué más da, si en alguna de estas zonas se terminará construyendo. Señores munícipes: la ley está para cumplirla (y para protegernos de personas como ustedes). Mientras eso sea una vía pecuaria o no urbanizable, ustedes no solo no pueden degradarlo, sino que tienen el deber de evitar que otros lo toquen. Parece mentira que tengamos que decirles esto. Cuando ustedes propongan su recalificación y su plan parcial y el pleno municipal y la Comunidad de Madrid lo autoricen, podrán edificar. Hasta entonces, hagan el favor de respetar las normas más elementales de un estado de derecho.

Solo añadir alguna precisión más, porque ya va siendo hora de mostrar tolerancia cero con las mentiras municipales: hablan de cuando la Comunidad de Madrid desmontó la charca del Navazo y utilizó los residuos generados para tapar supuestas zonas de extracción de áridos. Olvidan mencionar que todo eso se hizo a instancias del Ayuntamiento, y que las actuaciones que pretenden devolver su estado original a la charca del Navazo, se han hecho a instancias de Proyecto Verde y ante la total pasividad municipal.

Y la Ley, ¿qué dice en todo esto?

Para estos casos, es de aplicación el Plan de Gestión Integrada de Residuos de Construcción y Demolición (RCD), como así lo ha reconocido el propio Ayuntamiento.

Definiciones contenidas en este Plan:

Entre otros muchos, pertenecen a este tipo de residuos:

  • Tierra (incluida la excavada de zonas contaminadas), piedras y lodos de drenaje.
  • Tierra y piedras que contienen sustancias peligrosas.
  • Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código anterior. Este es el epígrafe de aplicación.

No es de aplicación la definición contenida en la ley 5/2003 de Residuos de la CAM, según la cual quedarían fuera de la definición de residuos “las tierras no contaminadas de excavación utilizadas para la restauración, acondicionamiento y relleno, o con fines de construcción”. Y no lo es porque las tierras vertidas en los alrededores del colegio no restauran, ni rellenan, ni acondicionan nada, sino todo lo contrario: degradan una zona que estaba bien conservada y con una cubierta vegetal perfectamente consolidada, y que ahora está destruida y deteriorada. Y por lo que respecta a los vertidos utilizados en el relleno de depresiones en la zona de Tiestas Cabezas y a los usados en la zona de la nave municipal, tampoco lo son porque los vertidos utilizados son de tierras contaminadas con residuos de construcción (metales, plásticos, etc.) como se puede observar perfectamente en las fotografías y sobre el terreno. Este tipo de residuos de tierras contaminadas también están presentes en los aplanamientos que se han realizado en los alrededores de la ampliación del colegio Las Veredas.

Por lo tanto, los vertidos a los que nos estamos refiriendo, tanto los realizados durante la construcción de la ampliación de Las Veredas, como los vertidos realizados recientemente, tanto en los alrededores de este colegio como en la zona de la nave municipal del Polígono Industrial, pertenecen a sustancias gestionadas por este plan estratégico.

¿Qué dice la ley respecto a este tipo de residuo?

La Ley 5/2003, de Residuos de la Comunidad de Madrid, en su artículo 41 establece una fianza proporcional al volumen de residuos de construcción y demolición (RCD) generados, que el productor depositaría en el Ayuntamiento al tramitar la licencia municipal de obra, y que serviría para cubrir posibles responsabilidades del productor o poseedor por el incumplimiento de las obligaciones en materia de gestión de RCD.

¿Aprobó el Ayuntamiento el lugar actual como destino de los vertidos, en contra de la legislación? Y si no lo hizo, ¿por qué no ejecuta la limpieza con esa fianza de la constructora? ¿O es que no hubo fianza? ¿O es que el Ayuntamiento ha devuelto la fianza a pesar de los vertidos ilegales? ¿O es que el Ayuntamiento aprobó ese destino ilegal para los residuos?

Demasiadas dudas sobre la gestión municipal que deberían aclararse haciendo pública la licencia de obras y el proyecto de ampliación de Las Veredas y el de construcción de la pista de pádel, en todos sus términos.

¿Cuáles son las obligaciones que determina la ley de Residuos de la CAM?

Según esta ley, el productor o poseedor de estos residuos está obligado, siempre que no los gestione por sí mismo, a entregarlos a un gestor de residuos, es decir: a un vertedero adecuado y autorizado. Si el Ayuntamiento hubiera rellenado los huecos y excavaciones artificiales de Tiestas Cabezas con tierras no contaminadas, habría incurrido en la exención de este supuesto, ya que hubiera gestionado estos residuos por sí mismo. Pero al utilizar tierras contaminadas queda fuera del supuesto, y por tanto, queda fuera de la ley. En el resto de casos, no ha habido nada parecido a una restauración, como ha quedado patente.

Más información en las webs de UPyD y colmenarejo.net.

Galería de fotos de los vertidos:


Vertidos junto a la nave municipal en 2005


Vertidos junto a la nave municipal en 2007


Vertidos junto a la nave municipal en 2007


Vertidos junto a la nave municipal en 2007


Vertidos junto al colegio Las Veredas en la actualidad


Vertidos junto al colegio Las Veredas en la actualidad


Vertidos junto al colegio Las Veredas en la actualidad


Vertidos junto al colegio Las Veredas en la actualidad


Vertidos junto al colegio Las Veredas en la actualidad


Vertidos junto al colegio Las Veredas en la actualidad


Vertidos en Tiestas Cabezas (cerca de la ermita) en la actualidad. Pulsa aquí para ver más.

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Vertidos

Ahora los han extendido, multiplicando la superficie dañada. Estas cosas las piensan, o hacen lo primero que se les ocurre?

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